18/2/09

ALMIRANTE DEBERA INDEMNIZAR A UN JUGADOR

La Cámara Laboral condenó al club Almirante Brown a que indemnice a un futbolista que sufrió una grave lesión durante un entrenamiento. El jugador alegó que el problema físico le impidió seguir con su carrera. El fallo sienta un precedente importante para todo el fútbol argentino.

Los camaristas Oscar Zas y Estela Ferreirós, con la disidencia parcial de Héctor Guisado, cuantificaron la condena en 296.450 pesos, de los cuales 90.000 deberá pagar la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) y el resto, el propio club.

El fallo benefició al ex volante Hernán Orcellet, quien el 27de octubre de 2004, en una práctica "con miras al partido a disputarse por los torneos oficiales de la AFA contra el Club Defensores de Cambaceres, al ir a disputar una pelota con un rival, éste impacta fuertemente en los miembros inferiores de Orcellet, provocándole la ruptura completa del ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha".

En su defensa, el club sostuvo que la lesión del jugador no se había producido en esa circunstancia sino con posterioridad, pese a que tres testigos corroboraron la versión de Orcellet, quien percibía un salario mensual de 3.200 pesos.

Tanto es así, que dos meses y medio después, el 14 de enero de 2005, Orcellet vio frustrada su posibilidad de pasar a Central Córdoba porque no pasó "la revisión médica de práctica para la contratación de jugadores de fútbol".

Tras una operación y un largo post-operatorio, el jugador recaló en Gimnasia de Concepción del Uruguay, donde se retiró poco después; luego fue entrenador y actualmente dirige a Campito de Colón, un pequeño club de una liga local entrerriana.

El fallo que condena al resarcimiento a Almirante Brown se basó sobre la debilidad de los argumentos de la defensa.

"Más allá de la opinabilidad en torno a la procedencia del reclamo indemnizatorio con sustento en las normas del derecho común, lo cierto es que el memorial bajo análisis no exhibe ningún agravio puntual destinado a cuestionar el marco jurídico en el cual el sentenciante de grado ubicó la responsabilidad y el consecuente resarcimiento", dijeron los camaristas Zas y Ferreirós.

"La única defensa asumida en esta instancia para repeler la procedencia sustancial de la acción entablada contra su parte se basa exclusivamente en la afirmación de que el accidente invocado en la demanda acaeció luego del alejamiento del actor de la institución deportiva", añadieron.

En ese sentido, derribaron la defensa: "El cuestionamiento señalado no cumple con los recaudos, pues la apelante no cuestiona de manera pormenorizada y fundada la prueba testimonial e instrumental que tiene especialmente en cuenta el magistrado para resolver acerca de la fecha y demás circunstancias en las que aconteció el infortunio en cuestión".

En disidencia, el tercer integrante del tribunal, Guisado, había descartado la responsabilidad de Almirante Brown porque en la lesión "no intervino cosa alguna con relevancia suficiente para ser considerada por sí misma la productora del daño".

"Tampoco puede imaginarse qué conducta debió haber adoptado el club para evitar una lesión como la padecida por el actor en un encuentro futbolístico, algo que parece imposible, ya que las lesiones físicas constituyen un riesgo propio de todo deporte y el fútbol, ciertamente, no es una excepción a esta regla", resumió.

Nota: Esparavos.com

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